Siempre es bueno contar con un abogado especialista en herencias para que te ayude en situaciones delicadas. Además de lidiar con el duelo, el proceso de la herencia suele acarrear múltiples gestiones y, a veces, problemas. Un abogado especialista en sucesiones puede ser de gran ayuda para esos momentos. Te facilitará mucho el proceso, siendo tu guía en los diferentes pasos legales que deberás realizar.
¿Cómo te puede ayudar un abogado de herencias?
Un abogado en herencias presta asesoría jurídica especializada en áreas de herencias y sucesiones, entre los cuales destacan:
- Tramitación de herencia
- Redacción de testamentos
- Reclamación legítima
- Renuncia a herencias
1.Redacción de testamentos
El testamento es un documento que permite definir cómo repartir tus pertenencias y propiedades.
La redacción de un testamento puede resultar complejo porque se deben tener en cuenta muchos aspectos y a la vez se deben cumplir los requisitos que exige la ley para su efectiva validez. Una palabra incorrecta o una firma faltante pueden cambiar la intención completa de un testamento y considerarse nulo. Por esta razón, es importante contar con la ayuda de un profesional para redactar tu propio testamento.
2.Tramitación de herencias
Antes de iniciar la tramitación de la herencia, debemos obtener el certificado de defunción que se obtiene en el Registro Civil. Seguidamente, debemos comprobar si el causante había otorgado testamento solicitándolo en el Registro General de Actos de Última Voluntad. Ten en cuenta que este documento solo se puede solicitar después de que hayan transcurrido al menos 15 días hábiles.
En caso que el causante haya otorgado testamento, debes solicitar una copia y posteriormente puede procederse a la aceptación de la herencia ante Notario. Por lo contrario, si el causante no ha otorgado una herencia, se abre la “Sucesión intestada” en el que es necesario la declaración de los herederos ab intestato, un documento que determina quién será el heredero del causante. La declaración de dicho heredero o herederos se hace también ante Notario.
Finalmente, se tienen que liquidar los Impuestos de Sucesiones y Donaciones en un plazo de 6 meses desde la fecha de la defunción, aunque se puede alargar 6 meses más si se solicita dentro de los primeros cinco meses.
Después, se podrá percibir los activos y pasivos del fallecido y debe hacerse en documento público o privado, en el cual el llamado a la herencia debe manifestar la voluntad de aceptarla o debe asumir el título de heredero, como indica el artículo 461-4.
3. Renunciar la herencias
Renunciar a una herencia, o repudiar una herencia, es no aceptar los bienes, derechos o obligaciones que componen el caudal hereditario. Sin embargo, en el caso que haya varios herederos cada uno es libre de tomar la decisión que crea oportuna.
Es un trámite muy habitual ya que algunos fallecidos tienen deudas mayores que sus activos, por lo que el heredero o herederos no suelen tener beneficios. Para renunciar una herencia en Cataluña se debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 461-6 del C.C.Catalán que indica:
- La repudiación de la herencia debe hacerse de forma expresa en documento público.
- Se entiende que la herencia ha sido repudiada si el llamado renuncia a la misma gratuitamente a favor de las personas a las que debería deferirse la cuota del renunciante. Esto es así siempre y cuando cumpla los requisitos de forma establecidos por el apartado.
4.Reclamación de legítimas
La legítima es aquella parte de la herencia sobre la cual el testador no puede decidir y qué pasa obligatoriamente a las personas que la ley establece, normalmente los hijos.
La legítima no funciona igual en toda España, concretamente, en Cataluña la legítima es el 25% de la herencia. Es decir, del total de los bienes de la herencia, con independencia de quien haya sido instituido heredero, el 25% de los mismos deberán atribuirse a los hijos a partes iguales entre ellos.
En el supuesto de que falleciera una persona sin descendientes pero con ascendientes, es decir, que sus padres estuvieran vivos pero no tuviese hijos, es diferente. Excepcionalmente se prevé que los padres gocen también del derecho de la legítima, aplicando la misma regla del 25% anteriormente descrita.
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