¿Cómo se puede incapacitar a una persona mayor?

¿Cómo se puede incapacitar a una persona mayor?


En agosto de 2021 cambió la legislación sobre la incapacitación judicial y el asistente. Lee a continuación todos los cambios se han llevado a cabo.


Cada vez la población es más mayor, y las familias deben lidiar con padres muy mayores que, por la edad o enfermedades como alzheimer, ya no pueden cuidar por sí solos de sus intereses. Entonces, los familiares deciden incapacitar judicialmente a esa persona con el fin de proteger la persona afectada y sus bienes. 

El ordenamiento jurídico prevé distintas medidas para proteger a las personas que se encuentran en esta situación como la incapacitación judicialmente ¿Pero qué es? ¿Cómo es el proceso para incapacitar a una persona mayor? En este artículo te vamos a responder a cada una de estas preguntas desde el Código Civil Catalán. 

¿Qué es la incapacitación judicial?

Primero de todo, debemos saber en qué se basa la incapacidad judicial. Este es un mecanismo de protección para quienes, por enfermedad (trastorno mental, discapacidad intelectual o enfermedad neurodegenerativa), circunstancias psicológicas surgidas, no pueden gobernarse o administrarse  pero siempre para su propio beneficio.

De esta manera, a esa persona se le reduce la capacidad de obrar y no puede realizar ciertos actos jurídicos ni administrar su patrimonio según su grado de incapacitación. ¿Cuáles son?

Tipos de incapacitación judicial

Hay que remarcar que no todas las personas se encuentran en la misma situación, no tienen las mismas necesidades. Por este motivo, existen dos tipos de incapacidades en función de sus necesidades:

  • Incapacitación total. La persona es incapaz de realizar ningún acto por sí misma  por lo que es inevitable que necesite a otra persona que ejecute dichas funciones. En este caso, se le asigna un tutor. 
  • Incapacitación parcial. Dirigida a aquellas personas que sólo pueden realizar algunas acciones del día a día por sí mismas. Entonces se recurre a una persona denominada curador, para que cubra las necesidades de la persona incapacitada y de llevar a cabo las acciones que se le asignan a dicha persona en cada momento.

Ahora que conocemos los tipos de incapacitación judicial debemos saber que para declarar una persona incapaz judicialmente se requiere de un proceso legal. Veamos cómo se hace este proceso y qué documentación vas a necesitar.

Proceso para incapacitar a una persona mayor

Como hemos mencionado, para hacer que una persona sea incapaz se debe iniciar el proceso con una demanda de incapacitación presentada al juzgado de primera instancia del incapaz. 

Seguidamente se abrirá el caso dónde el juez y el tribunal escuchará a los familiares, examinará al afectado y pedirá todo tipo de prueba que crea conveniente para tomar una decisión como puede ser informe pericial médico que aporte pruebas o causas de la incapacitación. Además, a lo largo de todo el proceso en el que transcurre la demanda  es necesario la presencia de un abogado y un procurador

Si estás planteando iniciar un proceso para la modificación de la capacidad de un familiar porque no es capaz de gobernarse por sí sola. Puedes recurrir a Vives Bas, abogado de Derecho de Familia, que te ayudará a iniciar este proceso. Para solicitar información puedes hacerlo a través del siguiente botón:

Instituciones de guarda para una persona incapacitada

Además, según el grado de incapacidad que se determine, se fijará una u otra de las instituciones de guarda y protección del incapacitado que estas pueden ser: 

1.La tutela

La tutela es una institución de guarda que se establece cuando la patria potestad no se puede prorrogar.  Las personas que están bajo tutela suelen ser personas menores de edad que no han sido emancipadas legalmente y no están bajo la patria potestad de sus progenitores y personas mayores de edad cuya  capacidad ha sido restringida por un tribunal. 

2.Curatela

La curatela es una institución jurídica que está dirigida a guardar los intereses de una persona con una capacidad limitada por alguna circunstancia. Por ello, la curatela sólo complementa la capacidad de obrar en actuaciones muy concretas y señaladas en la sentencia. 

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