¿No sabes cómo reclamar una herencia? No te preocupes en Vives Bas te lo explicamos. Pero te recomendamos que cuentes con la ayuda de un abogado de herencias porque es importante gestionar bien la herencia, ya que puede ser una tarea complicada y puede generar conflictos familiares.
Primero de todo ¿Qué es una herencia?
La herencia es un conjunto de bienes, derechos y obligaciones que deja una persona cuando fallece. También es importante conocer el término de la legítima que es una parte del total del patrimonio del fallecido que le corresponde a sus hijos por partes iguales. El fallecido no puede imponer ninguna condición para la legítima.
¿Cuál es el funcionamiento de la herencia en Cataluña?
En Cataluña, como en otras comunidades autónomas, existe un derecho sucesión propio que es diferente al resto de España. Según el Código Civil Catalán, independientemente de quién se establezca como heredero, los hijos tienen como derecho la parte legítima que corresponde a un 25% de la herencia que debe ser repartida forzosamente entre los hijos. Esto se refleja en el artículo 451-5.
Paso a paso para hacer la reclamación de una herencia
Si eres un heredero forzoso pero no figuras en el testamento no debes preocuparte. Como se ha indicado anteriormente, te corresponde una parte del patrimonio del fallecido. Para declararlo debes seguir los pasos a continuación, aunque te recomendamos que contactes con un abogado de herencias.
1.Obtener la información necesaria
El primer paso que debes hacer es obtener la documentación necesaria que debe ser:
- Certificado de defunción El documento lo proporciona el médico que certifica la muerte de la persona.
- Certificado de últimas voluntades. Debemos saber si la persona fallecida realizó un testamento y lo entregó en el Registro de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia.
- Certificado de seguro de vida. Comprobar si la persona fallecida contaba con un seguro de vida que tiene efectos notables en la herencia
2.Testamento o declaración de herederos
El siguiente paso es analizar con detenimiento el testamento, si existe. En caso el fallecido no otorgase testamento, habrá que indicar el proceso de declaración de herederos. Por tanto, un heredero y dos testigos deberán acudir a la notaría de la última residencia del fallecido, presentar varios documentos y firmar el consentimiento.
3.Solicitud del inventario de los bienes
Independientemente de si existe el testamento, se debe hacer un inventario de todos los bienes del fallecido De esta forma, se clasificará y evaluará el patrimonios como también de sus deudas.
4.Repartición de la herencia
Finalmente, se hará el reparto de la herencia. En caso que no consten en el testamento pero eres un heredero forzoso, es el momento para ejercer el derecho de la herencia legítima.
¿Qué ocurre cuando no existe testamento?
Cuando una persona fallece sin testamento, es decir, no queda evidencia documental que acredite la forma en que desea distribuir su propiedad después de su muerte, la ley será la encargada de determinar quién debe ser el heredero final. Pero ¿Cómo se hace?
Si se produce esta situación entonces se abre la sucesión intestada según el artículo 442-1 del C.C.Catalán. Entonces se hacen unos llamamientos legales para establecer el heredero del causante. En este caso son:
- Descendientes: Los herederos del difunto, los hijos y si han muerto, los hijos o nietos de estos.
- Cónyuge o pareja de hecho: En caso que no haya descendentes, entonces hereda el cónyuge viudo o el conviviente superviviente en una pareja estable.
- Ascendientes: Si tampoco hay, heredan los ascendientes y a carencia de estos, los colaterales hasta el cuarto grado.
- Generalitat de Cataluña: Si faltan todas las personas mencionadas anteriormente sucede la Generalitat de Catalunya que será la beneficiaria del patrimonio del fallecido.
Pero ¿Cómo puedo aceptar una herencia?
La aceptación es el primer paso para que el heredero obtenga su parte del patrimonio del fallecido. Dicha aceptación es un acto voluntario, libre e individual. La herencia puede ser aceptada de forma pura y simple o a beneficio de inventario.
Una vez aceptada la herencia, el heredero pasa a formar parte de la herencia hereditaria, que consta de los bienes, derechos y deudas del fallecido.
Pero también existe la posibilidad de repudiar una herencia. Cabe recordar que si la herencia pertenece a varias personas todos son libres de tomar la decisión que crean que les conviene. Asimismo, tanto la aceptación como la repudiación son irrevocables, aunque existe alguna excepción muy puntual.
Y si tiene muchas deudas ¿Cómo puedo repudiar la herencia?
En ocasiones nos encontramos que un fallecido tiene muchas deudas y su aceptación no sería beneficiosa para el heredero. En este caso, se puede optar a la renuncia de la herencia.
Para llevar los trámites de la renuncia de la herencia se deben cumplir con estos dos puntos:
- La repudiación de la herencia debe hacerse de forma expresa en documento público.
- Se entiende que la herencia ha sido repudiada si el llamado renuncia a la misma gratuitamente a favor de las personas a las que debería deferirse la cuota del renunciante, siempre y cuando cumpla los requisitos de forma establecidos por el apartado.
Desde la muerte del fallecido hasta el fallecido, generalmente hay un plazo de 30 años para repudiar o aceptar la herencia.
¿Cómo se debe repartir una herencia?
El reparto de la herencia surge cuando hay una situación de co-heredamiento y hay unos bienes que han sido reservados para una o varias personas quedando fuera del caudal a repartir. En este caso, nos encontramos una situación en que se debe repartir el patrimonio entre varios sujetos y la persona encargada de realizar este reparto será:
- La voluntad del causante: la voluntad del causante es siempre la primera en tener en cuenta siempre y cuando se respete los porcentajes y las normas legales necesarias. Si no está claro si existe herencia, deben obtener un certificado en el Registro General de Última Voluntad.
- Partición por albacea: Un albacea (un tercero) puede haber sido designado en el testamento del fallecido para continuar distribuyendo sus bienes.
- Partición por los propios coherederos: Si el fallecido no toma ninguna de las opciones anteriores, los herederos pueden dividir libremente la herencia de manera amistosa y pacífica y respetar el porcentaje de cada herencia.
- Partición arbitral: Si los coherederos discreparan, podrán decidir conjuntamente qué un árbitro lleve a cabo la herencia.
- Partición judicial: Si ninguna de las otras formas ha funcionado, el juez decide el reparto de la herencia.
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Ahora que ya sabes cómo reclamar una herencia, es el momento de tener en cuenta un abogado de sucesiones para que este proceso sea más fácil para ti y tus seres queridos.
Vives Bas en Barcelona es experto en tramitación de herencias, impugnaciones y aceptaciones. Si necesitas ayuda profesional, puedes contactar en el siguiente formulario. Vives Bas te brindará un trato personalizado para solucionar tu problema