Diferencia entre separación y divorcio

Diferencia entre separación y divorcio

Es fundamental que la persona que pretende cesar su vida en común con su cónyuge, conozca a qué procedimiento se enfrenta y cuáles serán las consecuencias de su decisión. Vamos a ver la diferencia entre separación y divorcio.

¿En qué se consiste la separación y divorcio?

Una de las primeras cosas que es necesario esclarecer, es la diferencia entre la separación y el divorcio. En términos sencillos, la diferencia reside en la temporalidad y el estado civil consecuente tras haberse separado o divorciado.

Definición de separación

Podríamos decir que la separación, contempla la posibilidad de reconciliación, es decir, no es algo definitivo (aunque puede durar toda la vida).

Cuando dos personas casadas están separadas judicialmente, pasan a tener vidas completamente independientes la una de la otra, pero tiene la posibilidad de dar una segunda oportunidad a su relación sentimental, es decir, tras su reconciliación vuelven a estar casados nuevamente y su matrimonio vuelve a desplegar efectos.

Definición de divorcio

Contrariamente, cuando estamos ante un divorcio, la desvinculación con la contraparte es total y definitiva. Se trata de una situación que ya no tiene vuelta atrás.

Por consiguiente, y a efectos civiles, la persona deja de tener derechos y obligaciones en relación con su ex-pareja, (más allá de las pensiones o relaciones patrimoniales decretadas en el proceso de divorcio).

Diferencia principal entre separación y divorcio

Es importante no olvidar que en todo momento estamos hablando de términos jurídicos y que evidentemente, el hecho de que dos personas que se divorcien no impide que puedan podrían decidir en un futuro volver a tener una relación sentimental.

Pero si la misma tuviese que tener forma matrimonial, en el caso de la separación les bastaría con una simple reconciliación, y en el caso de que estuviesen divorciados, deberían volverse a casar.

En este caso, únicamente podrá hacerlo si previamente se ha divorciado, con una simple separación no sería posible contraer el nuevo matrimonio ya que no podría inscribirse en el registro civil la nueva pareja por constar todavía la anterior.

Y finalmente, otro aspecto que debe ser aclarado en cuanto a la diferenciación entre ambos conceptos es que si se opta por la separación, esta circunstancia puede modificarse en un futuro en cualquier momento.

De la misma forma que cabe la posibilidad de revertirla (la reconciliación) cabe la posibilidad de transformarla en definitiva a través del divorcio.

En cuanto a los efectos que ambas instituciones tienen en relación con los hijos y el patrimonio en común, la verdad es que no hay prácticamente diferencia entre escoger entre separación o divorcio, más que el hecho que ya hemos comentado de la temporalidad de ambas instituciones.

Tipos de divorcio

Otra de las múltiples dudas que tienen normalmente los clientes cuando me consultan es el procedimiento jurídico a seguir cuando uno pretende divorciarse de su pareja.

Podríamos decir que básicamente hay dos maneras de hacerlo:

  • Judicialmente
  • Extrajudicialmente (el llamado divorcio exprés).

Antes de ver las diferencias y las características que se precisan para acogerse a un procedimiento o al otro es fundamental tener en cuenta una cuestión previa y determinante en cualquier proceso de divorcio: el acuerdo.

Divorcio de Mutuo Acuerdo 

El hecho de que las partes estén de acuerdo o no, cambiará sustancialmente el procedimiento. Soy consciente de que puede parecer una obviedad, pero no es tan simple como parece.

Cuando se habla de mutuo acuerdo las partes no tan solo deben estar conformes en querer cesar su vida conyugal, sino que a la vez, deben estar conformes con qué manera pretenden hacerlo, en todos y cada uno de los puntos a tratar. 

En caso contrario, solamente cabe una opción posible en cuanto a la tramitación, el divorcio contencioso ante un tribunal, para que sea un tercero (en este caso un juez) el que decida cómo resolver la controversia.

En el supuesto de que efectivamente existiese un acuerdo entre las partes, podríamos plantearnos si es o no necesario acudir a la jurisdicción para la tramitación del divorcio. A dicha respuesta hay que responder que todo dependerá de si hay o no hijos menores o económicamente dependientes sobre los que hay que tratar en el divorcio.

En el caso de que no haya hijos menores o económicamente dependientes, podremos acogernos al llamado divorcio exprés. En caso contrario, no habrá más opción que tener que pasar por los tribunales.

Divorcio exprés

El divorcio exprés, no es más que un divorcio tramitado por un notario. Protocolizando los acuerdos a los que han llegado las partes y procediendo a su inscripción en los registros públicos pertinentes.

La principal ventaja que tiene es que es muy ágil y rápido. No hay que soportar la rigidez del orden jurisdiccional, lo que también se traduce en un abaratamiento del coste del divorcio.

Requisitos para el divorcio exprés

Para poder llevar a cabo un divorcio exprés se requiere un acuerdo entre la partes. En el caso de tener hijos menores, no existe otra opción que acudir a la jurisdicción. Esto es por el simple hecho de que el Ministerio Fiscal, como defensor del menor, debe dictar un informe acerca de las propuestas que formulan las partes (al regular su divorcio) en todo aquello que tenga que ver con el menor, ya que recordemos que el interés del menor es siempre y en todo caso un pilar fundamental sobre el que girará todo el proceso.

Y finalmente, me gustaría hacer una breve aclaración: el hecho de tener que acudir a los tribunales para tramitar el divorcio no implica que ello deba suponer una disputa, existe la posibilidad de hacerlo de mutuo acuerdo.

También aclarar que si no hay acuerdo, únicamente existe la posibilidad de divorciarse y/o separarse en sede judicial.

Elementos a valorar en un procedimiento de separación o divorcio

Otro aspecto a tratar son los elementos a valorar en un procedimiento de separación y/o divorcio. Básicamente se podrían resumir en dos:

  • Aspectos patrimoniales 
  • Aspectos relativos a los hijos.

Aspectos patrimoniales 

En cuanto a los primeros, hay que ver cómo quedará el patrimonio de la pareja tras el divorcio, es decir, hay que repartir el patrimonio entre ambos.

En este punto es donde tienen una gran importancia los posibles acuerdos que hubieran podido alcanzar las partes antes de contraer el matrimonio, o durante la vigencia del mismo, ya sea en la elección de uno de los regímenes legales posibles (separación de bienes, gananciales, participación en ganancias) o en los pactos en previsión de ruptura.

En caso de no existir acuerdo, regirá lo dispuesto en la ley para cada uno de los supuestos. A la vez, será en este punto cuando deberemos entrar a valorar las posibles pensiones que puedan tenerse que decretar a favor de uno de los dos miembros de la pareja (pensión compensatoria, pensión de alimentos o pensión por razón de trabajo).

Aspectos relativos a los hijos

Y el otro punto fundamental a tratar serán las relaciones que los padres tendrán a partir de ese momento con sus hijos en común, relaciones tanto en el ámbito personal, como en términos económicos. Es decir, habrá que decidir qué tipo de custodia regirá:

  • Monoparental
  • Compartida

Asimismo, se deberá indicar el régimen de visitas, cómo se sufragarán los gastos del menor, regular los periodos de vacaciones y fechas señaladas.

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