El derecho de familia es una rama del Derecho presente en la vida de todos y cada uno de nosotros. En ocasiones, todos tendemos a pensar, cuando hablamos de los conceptos “derecho” y “familia”, en divorcios y los problemas que existen con y para los niños, víctimas en demasiadas ocasiones, de las controversias de los adultos cuando su proyecto de vida en común fracasa.
A pesar de ser plenamente conscientes de que el derecho de familia incluye las anteriores circunstancias, hay otros elementos determinantes que forman parte de él, y que influyen directamente en la vida de las personas aunque parezca que muchas veces lo hayamos olvidado.
¿Qué es el Derecho de Familia?
En primer lugar, cabe hacer especial hincapié en lo que podríamos definir como la parte más bonita de esta rama del derecho, que según Vives Bas, es el inicio del proyecto en común entre dos personas. Como es bien sabido, a día de hoy, el derecho de familia ya no está reservado únicamente a dos personas de distinto sexo que desean unirse en matrimonio; sino que es un derecho que ha evolucionado y se ha adaptado a las múltiples opciones de vida en común entre dos personas de una sociedad moderna.
A la vista de ello, una de las primeras opciones que deben considerar dos personas que deciden iniciar un proyecto familiar común es la forma jurídica que tendrá su relación personal; básicamente matrimonial o no matrimonial (pareja de hecho).
¿Qué temas trata un abogado de Derecho de Familia?
Estos conceptos son las cuestiones más comunes que se suelen tratar en el ejercicio práctico de la abogacía cuando estamos hablando del derecho de familia:
1. Separación y divorcio
Cuando un abogado de familia recibe casos de separación o divorcio debe orientar a la pareja o a un miembro de ella ante una crisis. Te lo explicamos más detalladamente a continuación:
- Separación: implica el cese de la convivencia y tiene consecuencias patrimoniales y personales, pero sin producirse efectos legales ante terceros.
- Divorcio: cese definitivo de contacto entre ambas partes con la disolución de la alianza matrimonial. De esta forma, si los cónyuges quieren pueden volverse a casar. Con el divorcio ambas partes pierden los derechos y obligaciones que se generaron en el momento en que decidieron formar matrimonio entre ellos. En Cataluña, encontramos dos tipos de divorcio:
- Divorcio de mutuo acuerdo: ambos cónyuges pueden ser asistidos por el mismo abogado y procurador.
- Divorcio contencioso: cada parte necesita un abogado y procurador porque no se han puesto de acuerdo.
Cada una de las relaciones de pareja requieren de un buen asesoramiento jurídico en el momento que deciden unir o cesar su vida conjunta. En ambos casos, hay múltiples aspectos que deberán valorarse y sobre los que habrá que negociar.
Según la ley, el requisito mínimo para el divorcio o la separación es que haya pasado al menos tres meses a partir de la fecha del matrimonio.
2. Custodia de hijos
Cuando una pareja se separa y necesita establecer una custodia para sus hijos el interés del menor es el pilar fundamental a perseguir. Se debe comprobar cómo va a relacionarse el menor con sus progenitores y familiares una vez haya cesado la convivencia. Esto está indicado en el artículo 233.8 del Código Civil de Cataluña que establece que en caso de ruptura de la convivencia no se modificarán las responsabilidades de los padres con sus hijos.
Además, se debe establecer un Plan de Parentalidad dónde se deben especificar las responsabilidades con los hijos y el juez deberá aprobar este plan. Siempre se tiene que incorporar en el convenio regulador.
Criterios para establecer un régimen y custodia
En el propio Código Civil se indican los criterios para determinar el régimen y la forma de ejercer la guarda teniendo en cuenta las propuestas establecidas en el plan de parentalidad. Estos criterios son:
- La vinculación afectiva entre los hijos y cada uno de los progenitores, así como las relaciones con las demás personas que conviven en los respectivos hogares.
- La aptitud de los progenitores para garantizar el bienestar de los hijos y la posibilidad de procurarles un entorno adecuado, de acuerdo con su edad.
- La actitud de cada uno de los progenitores para cooperar con el otro a fin de asegurar la máxima estabilidad a los hijos, especialmente para garantizar adecuadamente las relaciones de estos con los dos progenitores.
- El tiempo que cada uno de los progenitores había dedicado a la atención de los hijos antes de la ruptura y las tareas que efectivamente ejercía para procurarles el bienestar.
- La opinión expresada por los hijos.
- Los acuerdos en previsión de la ruptura o adoptados fuera de convenio antes de iniciarse el procedimiento.
- La situación de los domicilios de los progenitores, y los horarios y actividades de los hijos y de los progenitores.
3. Herencia
Cada persona es libre de dejar sus bienes a quien estime oportuno, pero hay unas determinadas normas básicas que hay que respetar, por ejemplo: la legítima. Debes saber que un abogado de familia puede ayudarte en distintos temas relacionados con la herencia como:
- Testamentos. Cuando una persona quiere escribir su propia herencia es fundamental conocer qué derechos y limitaciones que nos impone la Ley a la hora de plantearse qué queremos hacer con nuestros bienes tras nuestro fallecimiento. Hacer un buen testamento puede evitar futuras peleas, muchas veces irreconciliables entre los beneficiarios del testamento. Por eso, a menudo es necesario contar con un experto en la materia.
- Sucesiones. La sucesión hereditaria es una sucesión universal de herederos de un conjunto de derechos transmisibles y perteneciente a un difunto.
- Renuncia de herencias. La renuncia es uno de los procedimientos más comunes, ya que algunas de las deudas del difunto son mayores que sus activos y los herederos generalmente no tienen intereses, así que consideran oportuno renunciar a la herencia.
- Partición de herencias. En cuanto a la división de la herencia, todos los herederos deben aceptar o renunciar. Pero a veces esto no se puede lograr a través del desacuerdo, por lo que se necesita ayuda profesional.
4. Acuerdos prematrimoniales
Los individuos que forman una pareja tendrán otra decisión muy importante a tomar: qué régimen económico regirá en su pareja (separación de bienes, régimen de gananciales, régimen de participación en ganancias, etc.), algo que será muy importante, tanto durante la vida en común como si en un futuro hay una ruptura. Este es un aspecto sumamente importante, y que de normal no se plantea la gente cuando decide iniciar una relación familiar.
¿En qué consisten los acuerdos prematrimoniales?
Regular, en todo aquello que sea posible la relación entre dos personas, es siempre una cuestión positiva. De esta forma, ambos son conscientes de qué derechos son titulares a la vez de qué obligaciones acarrea su situación. Ello puede parecer, a veces, una cuestión baladí y centrado en nuestra ciencia, algo poco “romántico” pero, bajo mi punto de vista es todo lo contrario; se trata simplemente de establecer unas normas de convivencia y unas previsiones para sí en un futuro hay una disputa o hasta incluso una ruptura definitiva. Es lo que denominamos los «acuerdos prematrimoniales«.
5. Filiaciones
Otro de los aspectos importantes del derecho de familia es todo lo relativo a la filiación. Los aspectos a tratar en cuanto a la filiación son normalmente, procesos de búsqueda de un elemento muy esencial de una persona, tal como quién es su verdadero padre, o por el contrario, un padre que desea que se reconozca que tiene un hijo; raramente hay casos de desconocimiento de la maternidad (en la práctica), aunque puede haberlos.
Sin embargo, todo lo relativo a la filiación tiene unas connotaciones que van mucho más allá de un simple reconocimiento de la paternidad en relación con un hijo. Dicho reconocimiento determina consecuencias también en cuanto a cuestiones hereditarias, así como cuestiones de responsabilidad parental, en el supuesto de que el hijo sea menor de edad.
Todos tenemos derecho a saber quienes son nuestros progenitores, así como el derecho a ser reconocidos como progenitores de nuestros hijos.
Si existe alguna duda sobre la veracidad de la paternidad de los hijos varios podrá iniciarse la impugnación de filiación, regulada desde el artículo 235-23 hasta el 235-29. Las personas que pueden impugnar la paternidad son:
- El marido
- La madre
- El hijo
- Personas con interés legítimo
6. Violencia vicaria
Cuando hablamos de violencia vicaria nos referimos a aquella violencia que se ejerce contra alguien a través de una persona interpuesta. Resulta necesario y urgente establecer medidas que beneficien a las víctimas de tal violencia de una manera efectiva, y permitan así la disminución del riesgo o peligro hacia su persona, prohibiendo las estancias con el padre que ejerce la violencia vicaria por resolución judicial.
El Código Civil Catalán modifica tres de sus preceptos con intención de prohibir la atribución de la guarda, las estancias, las relaciones y las comunicaciones entre los hijos e hijos y el padre en los casos de violencia vicaria machista. Además, también se considera necesario prohibir, en términos generales, las estancias y comunicaciones entre los hijos e hijos y el padre o la madre que maltrata en los casos de violencia familiar.
Abogado de Familia en Barcelona
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Si quieres tratar alguno de los temas comentados anteriormente sobre el Derecho de Familia, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Buscaremos la mejor solución para ti y tus familiares.
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